El Consejo de Vigilancia de la Profesión de la Contaduría Pública y Auditoría por este medio y con instrucciones de la Presidencia de la República, comunica a la población en general que no se realizó ninguna gestión y no se incurrió en gastos en relación a la Emergencia Nacional provocada por la depresión tropical 12E que recientemente afectó a nuestro país.

Bienvenidos

Imprimir
PDF

El Consejo de Vigilancia de la Profesión de la Contaduría Pública y Auditoría, se crea por Decreto Legislativo N° 828, emitido el 26 de enero de 2000, publicado en el Diario Oficial N° 42 de fecha 29 de febrero de 2000, el cual entró en vigencia a partir del 1 de abril del mismo año.

En la misma fecha que se emitió el Decreto N° 828, la Asamblea Legislativa derogó el artículo 290 del Código de Comercio por medio del cual deja sin efecto la existencia legal del organismo que realizaba las funciones de mantener el registro profesional de auditores y que regulaba de manera general el ejercicio de la profesión contable.

Con la entrada en vigencia de la Ley Reguladora del Ejercicio de la Contaduría, se busca garantizar el buen funcionamiento de la simplificación de trámites para el establecimiento y operación de las inversiones tanto nacionales como extranjeras, con lo que de acuerdo a la política gubernamental se busca propician un clima adecuado y atractivo para la inversión, a través de disminuir la burocracia, la dispersión de trámites y servicios, para mejorar la competitividad.

Se les informa a todos los profesionales en contaduría pública que deben tener 40 horas de capacitación continuada en el presente ejercicio.
Ademas se les informa que deberán realizar la actualización de datos en el mes de Enero 2011
Se les informa a todos los profesionales en contaduría pública que deben renovar el carné al vencimiento del mismo, ya que dicho documento será exigido al realizar trámites en el Consejo o en otras entidades que relación con el ejercicio de la profesión.
“En las atribuciones del Consejo de Vigilancia de la Profesión de Contaduría Pública y Auditoría se establece emitir o autorizar las normas de carácter técnico y ético. Con el objetivo de dar a conocer los acuerdos y resoluciones emitidos por el ente Regulador del ejercicio de la Profesión de la Contaduría Pública en El Salvador sobre el Proceso de Adopción de las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC´s), Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) Completas, Norma Internacional de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades (NIIF para PYMES), y Normas Internacionales de Auditoría”. Click aquí para Descargar
1. Ha iniciado la ejecución del programa de Control de Calidad correspondiente al año 2011 a las Firmas que realizan auditorías externas, con el fin de verificar la aplicación de las Normas Internacionales de Auditoria Emitidas por IFAC.
2. Para la selección y nombramiento de los Contadores Públicos que participarán en calidad de revisores en el programa de control de calidad, última fecha para recepción de curricular nueve de septiembre del presente año.
3. Proceso de adopción de las Normas Internacionales de Información Financiera. Se les recuerda a todos los Contadores Públicos que ejercen la auditoria externa, que los estados financieros a ser emitidos por las empresas al 31 de diciembre de 2011 deben ser preparados en base a las Normas Internacionales de Información Financiera (versión completa) o Norma Internacional de Información Financiera para PYMES, según sea el caso.
4. A los auditores externos. Se reitera que según acuerdo de fecha nueve de julio de 2010, en el caso que la entidad auditada se encuentre en la obligación de preparar sus estados financieros conforme a lo indicado en el numeral 3 anterior, y no prepare sus estados financieros utilizando dichas Normas, los auditores deberán preparar su dictamen utilizando lo dispuesto en la sección 800 de las Normas Internacionales de Auditoría.

Denuncias

denuncias

Emisión de Sellos

denuncias

Literatura a la Venta

denuncias

Inscripción

inscripcion
71 av sur # 239, Colonia Escalón.  San Salvador , El Salvador.
Teléfonos : (503) 2245 4835  (503) 2245-4836  (503) 2245-4840   Email: 
info@consejodevigilancia.gob.sv